La señal es el dinero que se entrega en concepto de reserva. Mientras tanto el contrato de arras es un acuerdo que se alcanza entre las dos partes, la señal es la cantidad que se entrega para hacer oficial dicho contrato.
Aunque no existe un modelo único para este tipo de contratos, es imprescindible que se contemplen los datos de identificación de ambas partes, la cantidad entregada en concepto de señal, los datos del inmueble del Registro de la Propiedad, el precio de la compraventa y el plazo máximo para la formalización definitiva de la operación.
La ley no establece ninguna cantidad mínima ni un porcentaje concreto para poder realizar un contrato de señal. En la mayoría de los casos la cifra es de unos 3.000 euros independientemente del precio del inmueble que se va a adquirir. Este dinero es una parte del precio final de la vivienda que se descontara del total, en caso de cumplir el contrato. Si el comprador se arrepiente o no recibe aprobación del banco para la hipoteca, perderá la señal entregada. Por esta razón, es muy importante que antes de entregar una cantidad de dinero, se realice una tasación de la vivienda para asegurarse las posibilidades de obtener una hipoteca. Si el vendedor es que el desiste de la transacción, deberá abonar al comprador el doble de la cantidad entregada en concepto de la señal, según establece el Código Civil. Por lo tanto, es aconsejable de tener bien claro que se quiere vender la vivienda.