Contrato de Uso y Habitación de un Inmueble

El Contrato de uso y habitación permite conceder el derecho a una persona (el habitacionista) y a su familia de ocupar una casa ajena o las piezas de un inmueble que necesite sin necesidad de pagar renta o alquiler.

El habitacionista tendrá que limitarse al uso de la vivienda para cubrir la necesidad de alojamiento, no puede vender, ni arrendar, ni hipotecar el derecho de habitación, solo puede utilizar el inmueble para vivir.

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El derecho de habitación presenta otra ventaja, es inembargable, de forma que, aunque el habitacionista tuviera deudas, no perderá ese derecho de utilización.

El derecho de habitación se inscribirá en el Registro de la propiedad a favor del habitacionista en una inscripción independiente.

En el caso de ocupar la totalidad de la casa estará obligado al pago de los gastos, a las reparaciones ordinarias de conservación y al pago de las contribuciones.

Si únicamente habitara una parte de la casa no deberá contribuir con nada.

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